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Actualidad COVID-19
CADA GESTO PUEDE SER DECISIVO. Por eso, respeta siempre la distancia de seguridad, lávate a menudo las manos con agua y jabón, ponte siempre la mascarilla y evita contactos innecesarios.
NUEVAS MEDIDAS POR LA COVID-19
Debido a la propagación de la pandemia, desde el 7 de enero y hasta el 7 de febrero, son vigentes en toda Cataluña las siguientes medidas:
Encontraréis todos los detalles de las medidas en la web de la Consejería de Interior de la Generalitat.
Confinamiento municipal
Queda restringida la entrada y salida de nuestro municipio, todos los días de la semana, excepto en los casos justificados.
Confinamiento nocturno
Quedan prohibidos todos los desplazamientos y la circulación por las vías públicas entre las 22 y las 06 horas, con las excepciones de los casos justificados y el retorno al domicilio desde centros educativos y de las actividades culturales permitidas y recogida en el establecimiento en los servicios de restauración de acuerdo con los horarios de cierre establecidos.
Encuentros sociales
- Las reuniones y encuentros familiares y de carácter social se limitan a un máximo de seis personas y dos burbujas de convivencia. La limitación a seis personas no afecta una única burbuja de convivencia.
- Se recomienda limitar las salidas del domicilio en la medida de lo posible.
Recomendaciones generales
- Se recomienda limitar los desplazamientos fuera del domicilio. Se recomienda que se adopte una estrategia de desplazamientos basada en las "burbujas de convivencia" o la "burbuja ampliada".
- Se recomienda el teletrabajo.
Restauración
- El horario de servicio y consumo es el siguiente: de 7.30 a 9.30 h y de 13.00 a 15.30 h. Fuera de este horario sólo se puede recoger comida para llevar hasta las 22 h. También se permite la entrega a domicilio hasta las 23 h.
- El servicio se limitará a un 30 % del aforo en el interior, garantizando la ventilación. En las terrazas no hay limitación específica de aforo pero hay que mantener las distancias entre mesas.
- En todos los casos, sólo se permiten grupos de como máximo cuatro personas o de la burbuja de convivencia.
Comecio
- Los establecimientos comerciales pueden abrir de lunes a viernes al 30 % del aforo y sólo si tienen una superficie de venta que no supere los 400 m2.
- Los centros comerciales deben permanecer cerrados, excepto los que tengan la apertura independiente y directa desde la vía pública con las mismas condiciones y limitaciones mencionadas.
- Estas limitaciones no afectan el comercio esencial: alimentación, bebidas, productos higiénicos, otros productos de primera necesidad, farmacias, ortopedias, ópticas, establecimientos dedicados a poductos de telecomunicaciones, servicios de peluquería y de estética, centros de veterinaria, centros de jardinería y concesionarios de automóviles.
Deportes
- Se permite la actividad deportiva en grupo (máximo seis personas y dos burbujas de convivencia) dentro del municipio o individual en municipios limítrofes.
- Cierre de instalaciones y equipamientos deportivos en espacios cerrados a excepción de piscinas (con un máximo de aforo del 30 %).
- Apertura de instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre, siempre con control de acceso, sin uso de vestuarios excepto piscinas, y al 50 % de aforo y con actividades limitadas a 6 personas.
Cultura
- Los teatros, cines, auditorios o similares, tanto en recintos cerrados como al aire libre, pueden abrir limitando el aforo al 50 % y un máximo de 500 personas por sesión sentadas. Ahora bien, si el espacio cuenta con ventilación reforzada y control de aglomeraciones, se puede llegar a un máximo de 1.000 personas por sesión.
- Archivos, museos y salas de exposiciones permanecerán abiertos con un aforo limitado al 50 %.
- Se permite la apertura de las salas de conciertos sin servicio de bar.
- Cierre a las 22 h. Se permite el retorno posterior a las 22 h.
Otras limitaciones
- Aperturas con limitaciones:
- Parques y jardines públicos y áreas de juego infantil: hasta las 20 h.
- Actos religiosos y ceremonias civiles: 30 % de aforo y máximo de 1.000 personas, al aire libre o en espacios cerrados, con ventilación reforzada, control de accesos y movilidad y con el público sentado. En el resto de actividades sin ventilación reforzada: 30 % de aforo y máximo de 500 personas.
- Se mantienen cerrados:
- Ferias comerciales, convenciones, congresos y fiestas mayores.
- Parques y ferias de atracciones.
- Actividades cívicas y comunitarias, excepcte los servicios sociales esenciales.
- Juego, casinos y salas de bingo.
USO OBLIGATORIO DE MASCARILLA
Es obligatorio el uso de mascarilla en todo momento en los espacios de concurrencia pública, independientemente de que pueda mantenerse la distancia de seguridad interpersonal (de acuerdo con la normativa de Salud: Resolución SLT/1648/2020, de 8 de julio).
¿Cuándo?
A partir del 9 de julio, incluido. Siempre y en todo momento, aunque se mantengan las distancias de seguridad.
¿Quién?
- A partir de los seis años (incluidos).
- Es recomendable de tres a cinco años.
¿Dónde?
- En cualquier espacio al aire libre o cerrado de uso público o abierto al público.
- Se incluyen los espacios naturales como bosques, playas o similares.
Excepciones:
- Enfermedad o dificultad respiratoria que pueda agravarse con la utilización de la mascarilla.
- Situación de falta de autonomía para quitarse la mascarilla.
- Alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.
- Ejercicio físico deportivo al aire libre.
- Espacios delimitados de uso exclusivo para un único grupo de contacto habitual (como domicilios particulares, aulas, casas de colonias...).